Durante su Tercera Sesión Pública de Resolución, de fecha 25 de enero de 2018, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero, resolvió dos medios de impugnación y aprobó el mismo número de acuerdos plenarios.
Este jueves, la Ponencia II, del Magistrado J. Inés Betancourt Salgado, presentó ante el pleno la sentencia del Juicio Electoral Ciudadano (JEC) con el número de expediente TEE/JEC/005/2018, interpuesto el pasado 13 de enero de 2018, por Hossein Nabor Guillen, en contra del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) del Estado de Guerrero.
Nabor Guillen, reclama que el Consejo General del IEPC omitió dar respuesta a su escrito de consulta ingresado ante dicho órgano electoral el 12 enero de 2018, en el cual se solicitó información sobre la separación del cargo de servidores públicos de elección popular que desean participar en procesos de elección consecutiva.
Al respecto, el Consejo General del TEEGRO resolvió por mayoría de votos el sobreseimiento del JEC, puesto que, durante las diligencias, al requerir a la autoridad responsable un informe al respecto, esta comunicó que mediante acuerdo de fecha 24 de enero se dio cumplimiento a dicha consulta.
Por su parte, el magistrado Emiliano Lozano Cruz, de la Ponencia III, puso a consideración del pleno la resolución del Juicio Electoral Ciudadano registrado con el número TEE/JEC/006/2018, promovido por Arnulfo Cerón Soriano, presidente de la asociación civil “Movimiento popular por Tlapa” del estado de Guerrero, en contra del Consejo Distrital Electoral 27 del IEPC, con cabecera en Tlapa de Comonfort.
En dicho juicio, el ciudadano Arnulfo Cerón reclama “La negativa de otorgarnos el registro o constancia de aspirante para participar como candidato independiente, al cargo de Presidente Municipal y cargos del H. Ayuntamiento de Tlapa de Comonfort, Guerrero, en las elecciones del uno de julio del año dos mil dieciocho”. Toda vez que el Consejero Presidente del CDE 27, Cuauhtémoc Dolores Flores le notificó mediante oficio 073, la negativa del registro al no haber presentado en su totalidad la documentación que le fue requerida.
Al respecto, el Pleno del TEEGRO, resolvió por unanimidad de votos, confirmar el oficio 073 emitido por el CDE 27, con la negativa del registro como aspirante a candidato independiente y ratificó la negativa del CDE de otorgarle al promovente la ampliación de prorroga solicitada.
Toda vez que a Cerón Soriano se le otorgó un plazo de 48 horas para subsanar los documentos faltantes para el registro solicitado en términos de la Ley número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del estado de Guerrero y no presentó la documentación faltante, “sin que se tradujera en una nueva oportunidad para iniciar los trámites para cumplir con los requisitos respectivos” culminó durante su proyecto de resolución el Magistrado Emiliano Lozano.
En la misma sesión aprobaron los acuerdos plenarios de cumplimiento de sentencia dictados dentro del expediente TEE/JEC/038/2017 y TEE/JEC/039/2017 ACUMULADOS interpuesto por Erasmo Salvador Carrillo en contra del Consejo General y Consejo Distrital 26 del IEPC; así como el juicio electoral TEE/JEC/036/2017, TEE/JEC/037/2017, TEE/JEC/001/2018, TEE/JEC/002/2018 Y TEE/JEC/003/2018 ACUMULADOS del actor Israel Robles Castro y Jorge Martínez Carbajal en contra del Consejo General y Consejos Distritales 01 y 15 del IEPC, ambos de la Ponencia V a cargo del Magistrado René Patrón Muñoz.
Dicha sesión pública, se llevó a cabo en la sala de plenos, ubicada al interior del edificio del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero, situado en Boulevard René Juárez Cisneros número 21 oriente, colonia Ciudad de los Servicios, en la Capital del Estado de Guerrero.