31 de julio de 2018. Tribunal Electoral confirmó los candidatos electos Antonio Salvador Jaimes Herrera de MORENA y PES en el municipio de Iguala, Ignacio Ocampo Zavaleta del PRI en Tepecoacuilco y Rafael Martínez Ramírez de MORENA en Coahuayutla, asimismo ratificó la regiduría asignada por el IEPC a planilla independiente de Iguala.

TEEGRO 62° 31-jul-18
Tribunal confirma los resultados electorales de los cómputos realizados por el IEPC en los ayuntamientos de Iguala, Tepecoacuilco y Coahuayutla.

Como parte de los trabajos del órgano jurisdiccional, este martes se resolvieron infundados los juicios de impugnación del cómputo municipal de Iguala recaídos en los expedientes TEE/JIN/048/2018, TEE/JIN/50/2018, TEE/JIN/051/2018 y TEE/JEC/108/2018 en contra del Consejo Distrital Electoral 22 de Iguala.

En estos asuntos acumulados y analizados por la tercera ponencia del Magistrado Emiliano Lozano Cruz, se objetan el cómputo del ayuntamiento a favor de la coalición “Juntos haremos historia” integrada por los partidos MORENA y PES y la asignación de una regiduría a la planilla de candidatura independiente por el principio de representación proporcional.

Dichas demandas se declararon improcedentes y se ordenó notificar y dar vista al Consejo Distrital y a los actores; Partido Revolucionario Institucional, Partido Verde Ecologista de México, MORENA, Ricardo Mendoza Pastrana e Iván Vázquez Flores, candidatos a regidores propietario y suplente por el Partido del Trabajo, sobre el fallo del TEEGRO respecto a la confirmación del cómputo, la declaratoria de validez y constancia de mayoría.

En cuanto al expediente TEE/JIN/047/2018, la cuarta ponencia de la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, resolvió declarar improcedente la solicitud de recuento de total de votos en el municipio de Tepecoacuilco, toda vez que el Partido Acción Nacional no cumple con el requisito previsto en la Ley de Medios de Impugnación que establece la necesidad de una diferencia igual o menor a 0.5% entre el primero y segundo lugar para el recuento total.

TEEGRO 62° sesión 31-jul-18, resuelve la cuarta ponencia de la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito impugnación de Tepecoacuilco.
TEEGRO 62° sesión 31-jul-18, resuelve la cuarta ponencia de la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito impugnación de Tepecoacuilco.

El porcentaje entre el PRI “partido ganador en Tepecoacuilco” y el segundo lugar del PAN fue de 1.2%, por esta razón no procedió la impugnación del Partido Acción Nacional en contra del Consejo Distrital Electoral 23 del IEPC con sede en Huitzuco.

Por último, la ponencia del magistrado René Patrón Muñoz resolvió confirmar los resultados del cómputo municipal en Coahuayutla de José María Izazaga realizados por el Consejo Distrital Electoral 12 de Zihuatanejo, en donde resultó presidente electo Rafael Martínez Ramírez de MORENA.

TEEGRO 62° sesión 31-jul-18, resuelve la quinta ponencia del magistrado René Patrón Muñoz.
TEEGRO 62° sesión 31-jul-18, resuelve la quinta ponencia del magistrado René Patrón Muñoz  impugnación de Coahuayutla.

 

En la impugnación TEE/JIN/020/2018, MORENA pide la anulación de las casillas 0810 y 0811 básicas por considerar que existió dolo o error en la computación de los votos, mientras que el Partido Verde Ecologista de México en el expediente TEE/JIN/023/2018 solicita la anulación de 7 casillas por varias razones, entre ellas haberse entregado los paquetes electorales fuera de los plazos establecidos por la ley; haberles impedido el acceso a los representantes de los partidos; ejercer violencia contra los funcionarios de las mesas directivas; impedir a los ciudadanos emitir su voto e irregularidades graves, sin embargo tras un estudio de los agravios el Tribunal no acreditó la nulidad planteada.

En la impugnación el PVEM pidió la anulación otras casillas argumentando que MORENA había obtenido un porcentaje “exageradamente alto y que en anteriores elecciones el porcentaje había sido menor” a lo que el organismo jurisdiccional consideró que el alto porcentaje de votación no constituye una irregularidad grave más bien la calificó como “una condición extraordinaria, pero en sentido positivo, porque es una de las metas buscadas con el sistema electoral representativo”.

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