En su sexagésima séptima sesión pública decretan cumplimiento de sentencia en Chilpancingo y Huitzuco de los Figueroa.

14 de agosto de 2018. Se declaró infundado el recurso de apelación interpuesto en los expedientes TEE/JIN/031/2018 y TEE/JIN/047/2018 promovido por los Partidos Movimiento Ciudadano y Acción Nacional en contra del Consejo Distrital Electoral 23 con sede en Huitzuco de los Figueroa.

Dichas impugnaciones buscaban echar abajo los resultados del acta de cómputo de la elección de ayuntamiento de Tepecoacuilco de Trujano y modificar la asignación de regidurías, específicamente la otorgada al Partido Nueva Alianza.

TEEGRO 67° 10-AGO-18

En la sentencia presentada por la magistrada ponente, Hilda Rosa Delgado Brito, el pleno del Tribunal declaró infundados ambos juicios de inconformidad y confirmó el cómputo de la elección, la declaración de validez y las constancias de mayoría otorgadas por el Instituto Electoral y de participación Ciudadana al presidente municipal electo, Ignacio Campo Zavaleta del Partido Revolucionario Institucional.

Asimismo, se decretó el cumplimiento de las sentencias emitidas sobre los resultados de la elección de ayuntamiento en Chilpancingo, resueltas por el magistrado ponente, Magistrado René Patrón Muñoz, respecto a los expedientes TEE/JIN/103/2018, TEE/JIN/039/2018, TEE/JIN/042/2018 acumulados, presentados por Oscar Armando Garibay Valdez, Jorge Pacheco Alonso y Arturo Pérez González en contra del Consejo Distrital 02 del IEPC con sede en Chilpancingo.

En los mismos términos se dio por cumplido el fallo emitido respecto a la elección del municipio de Huitzuco de los Figueroa asentados en los expedientes TEE/JIN/032/2018 y TEE/JIN/033/2018 acumulados, interpuestos en contra del CDE 23 de Huitzuco por Francisco Alcántara López, representante propietario del PRD y Eliseo Loeza Mendoza, representante suplente de Movimiento Ciudadano.

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