11 de septiembre de 2018. Se declaró fundado el Juicio Electoral Ciudadano TEE/JEC/067/2018 interpuesto por el regidor Heraclió Vázquez García en contra del H. Ayuntamiento Constitucional de Zapotitlán Tablas, en el que reclama el pago de remuneraciones retenidas desde noviembre del 2016 a la fecha.
Este asunto fue analizado por el magistrado J. Inés Betancourt Salgado, de la segunda ponencia, en cuya sentencia se vinculó a la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Guerrero, para que en caso de desacato esta dependencia retenga de sus ministraciones al ayuntamiento y sea ésta quien pague las sumas que se adeudan al regidor.
Asimismo, se comprobó que de los informes rendidos por el Congreso del Estado, la Contraloría y Transparencia Gubernamental y la Auditoría Superior del Estado “no se encontró registro de procedimiento alguno por el que se haya tenido conocimiento de sanción derivada de responsabilidad por el que se revocara o suspendiera del cargo o el pago de remuneraciones al servidor público municipal”.
Por último, se advirtió al cabildo de Zapotitlán Tablas, que en caso de no cumplir con lo ordenado por el TEEGRO se le aplicarán las medidas de apremio estipuladas en la ley del sistema de medios de impugnación en materia electoral del estado de Guerrero.
En otro asunto, se declaró improcedente el juicio electoral TEE/JEC/120/2018 interpuesto por Azael Méndez Roque y otros habitantes de la localidad de El papayo, municipio de Coyuca de Benítez en contra de la designación de comisario propietario y suplente de dicha localidad.
En la impugnación, argumentan que se les negó el derecho a participar en la elección realizada el pasado 5 de agosto de 2018, sin embargo a propuesta de la cuarta ponencia de la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, se declaró improcedente el juicio debido a la causal de extemporaneidad prevista en la ley del sistema de medios de impugnación, toda vez que para recurrir la elección tenían 4 días del 6 al 9 de agosto y la demanda fue presentada hasta el 24 de agosto, 15 días después.
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