21 de agosto de 2018. Durante la septuagésima sesión del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero, celebrada al medio día de este martes 21 de agosto, se resolvieron los juicios TEE/JIN/002/2018, TEE/JIN/025/2018, TEE/JIN/027/2018, TEE/JEC/099/2018 y TEE/JEC/113/2018 interpuestos por el PAN, MORENA, PVEM, Naim Morales Leyva y Henos Roque Ramírez para controvertir los resultados de la elección de ayuntamiento en Teconanapa.
El pleno dejó sin efectos el recuento de votos realizado por la segunda ponencia del Magistrado J. Inés Betancourt Salgado, el pasado 9 de agosto, en donde del total de 51 paquetes electorales se dio fe que en 30 paquetes se encontraron abiertas las bolsas que contenían los votos válidos, votos nulos y boletas sobrantes, además en 5 paquetes se certificó la existencia de signos de violencia o alteración.
La decisión del TEEGRO se debió a que “las irregularidades descritas quebrantan la cadena de custodia de los paquetes electorales e impiden tener certeza de que los resultados obtenidos en la diligencia de recuento sean el reflejo de la libre voluntad de los ciudadanos de Tecoanapa”.
No obstante, se dejó subsistente el cómputo distrital de la elección de ayuntamiento realizado por el Consejo Distrital 13 con sede en San Marcos.
Asimismo, se declaró la nulidad de la votación en 8 casillas, 5 de ellas por la discordancia entre el número de los ciudadanos que votaron y el total de los sufragios, mientras que en las siguientes 3 casillas se presentó la certificación del juez de paz de Tecoanapa, que confirma la existencia de una lona a menos de 50 metros del centro de votación, cuya causal de nulidad se encuentra prevista en la ley del sistema de medios de impugnación.
De acuerdo a los resultados de la votación una vez restados los votos de las 8 casillas anuladas, la coalición PRI-PVEM obtuvo 5 mil 638, mientras que MORENA-PES quedó con 5 mil 436 votos, con la diferencia de 202 votos del primer lugar sobre el segundo.
Por lo anterior, en la “resolución definitiva” que presentó J. Inés Betancourt Salgado se informó que una vez realizada la recomposición de la votación se revirtió el resultado y quedó en primer lugar la coalición “Transformando Guerrero” del PRI-PVEM dejando sin efectos las constancias entregadas por el IEPC a los partidos MORENA-PES.
Asimismo, se ordenó al CDE 13 del IEPC con sede en San Marcos que en un plazo de 48 horas se expidan las constancias a la candidata a presidenta municipal y al candidato a síndico procurador del PRI-PVEM
Dicha sentencia fue votada a favor por los magistrados de la primera ponencia, Ramón Ramos Piedra; de la quinta ponencia y presidente del TEE, René Patrón Muñoz; del magistrado ponente, J. Inés Betancourt Salgado y de la cuarta ponencia, Hilda Rosa Delgado Brito quien voto a favor con “voto concurrente”.
Por su parte el magistrado de la tercera ponencia, Emiliano Lozano Cruz, emitió un “voto particular en contra” de la sentencia, argumentando que le parece incorrecto que hasta esta fecha en que se emite la sentencia, el magistrado ponente desestime el recuento del TEEGRO practicado desde el 9 de agosto, “porque se incurrió en violaciones a los principios de certeza y seguridad jurídica que como integrantes del órgano jurisdiccional estamos obligados a observar”.