-Ordena TEEGRO al IEPC el registro inmediato de la planilla de candidatos al ayuntamiento de Zihuatanejo.
– Resuelve Tribunal sustitución de la segunda fórmula de regidoras en la planilla del PRD en Taxco, con un voto en contra.
– Declara infundado el juicio electoral presentado en contra del candidato a primer regidor de Acapulco del PES.
*Tribunal declara Inexistentes las violaciones denunciadas contra candidato de MORENA a la alcaldía de Tlapa de Comonfort.
Resoluciones del TEEGRO tras impugnaciones al acuerdo 083/SE/20-04-2018 aprobado por el IEPC: -Ordena TEEGRO al IEPC el registro inmediato de la planilla de candidatos al ayuntamiento de Zihuatanejo. - Resuelve Tribunal sustitución de la segunda fórmula de regidoras en la planilla del PRD en Taxco, con un voto en contra. - Declara infundado el juicio electoral presentado en contra del candidato a primer regidor de Acapulco del PES. *Tribunal declara Inexistentes las violaciones denunciadas contra candidato de MORENA a la alcaldía de Tlapa de Comonfort.
Resuelve TEEGRO impugnaciones al acuerdo 083/SE/20-04-2018 aprobado por el IEPC, relativo al registro supletorio  de planillas y lista de regidores de representación proporcional. 04-may-2018.

Mayo 04 de 2018. El pleno del Tribunal Electoral del Estado resolvió fundado el recurso de apelación en contra del IEPC, le ordena al órgano electoral administrativo aprobar el registro de la planilla del Partido Coincidencia Guerrerense en Zihuatanejo.

Tras omitir pronunciarse sobre la negativa o aprobación de la planilla de candidatos al ayuntamiento de Zihuatanejo de Azueta, interpone el Partido Coincidencia Guerrerense un recurso de apelación en contra del acuerdo 083/SE/20-04-2018 emitido IEPC, por el que se aprueba el registro supletorio de las planillas y lista de regidores de representación proporcional para ayuntamientos, postulados por los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes, para el proceso electoral ordinario de diputaciones locales y ayuntamiento 2017-2018.

Por lo que este viernes, el pleno del tribunal a propuesta de la ponencia tercera del magistrado Emiliano Lozano Cruz, resolvió fundado el recurso de apelación en contra del IEPC, promovido por Juan Iván Barrera Salas, en su carácter de representante del partido político Coincidencia Guerrerense (PCG), por la omisión del órgano electoral de pronunciarse en torno a la negativa o aprobación de la planilla de presidente sindico y regidores propietarios y suplentes del municipio de Zihuatanejo de Azueta.

Después del estudio de fondo, el TEEGRO consideró que el PCG presentó en tiempo y forma el registro de sus candidatos de la planilla del ayuntamiento de Zihuatanejo de Azueta, por lo que ordenó al IEPC que en un término de 24 horas apruebe el registro de dicha planilla y en las siguientes 24 horas acredite ante el tribunal el cumplimiento a la sentencia.

Por otro lado, fue impugnado en el juicio electoral ciudadano TEE/JEC/048/2018, el mismo acuerdo del IEPC “083/SE/20-04-2018” interpuesto por el ciudadano Christian René Romero García, específicamente en la parte que se otorga el registro al ciudadano Ilich Lozano Herrera como candidato a primer regidor propietario del municipio de Acapulco por el Partido Encuentro Social.

No obstante, el Juicio Electoral se desechó de plano debido a que de acuerdo al proyecto de resolución propuesto por Lozano Cruz, el promovente Romero García, carece de interés jurídico para impugnar el acuerdo, además de que en el juicio no existen indicios de que haya participado como aspirante o precandidato en el proceso de selección interna que llevó a cabo el PES o que se le haya violentado un derecho que le permita impugnar el cese de dicha transgresión.

Otra sentencia emitida, fue la relativa al juicio electoral ciudadano TEE/JEC/040/2018, en donde también se impugna el acuerdo “083/SE/20-04-2018”, esta queja fue presentada por las militantes del PRD Noemí López Procopio y Claudia Bailón López en contra del acuerdo del Consejo General del IEPC.

En este juicio electoral número 40, el tribunal revocó parcialmente el acuerdo 083, específicamente en lo que respecta a segunda fórmula de regidoras de representación proporcional de la planilla del PRD en el ayuntamiento de Taxco de Alarcón por considerar que se vulneraron los derechos político-electorales de Nohemí López Procopio y Claudia Bailón López.

Con esta resolución, se dejó sin efectos los registros de la fórmula integrada por Erika Marlen Arciniega Gómez y Gabina Gómez Velázquez. Asimismo, se vinculó al PRD para que en un plazo de 24 horas sustituya las candidaturas de la segunda fórmula en la que se proponga como candidatas a Nohemí López Procopio y Claudia Bailón López.

La propuesta de sentencia de la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, ordena también al IEPC para que una vez recibida la solicitud de registro de la segunda fórmula de regidoras, en un plazo de 24 horas resuelva el registro de conformidad con la ley electoral e informe al TEEGRO del cumplimiento de esta sentencia.

Este acuerdo fue aprobado por mayoría de votos, con el voto en contra del magistrado J.  Inés Betancourt Salgado de la segunda ponencia, quien al fijar su postura, recalcó que no se consideró la garantía de audiencia para la fórmula de regidoras “se les debió llamar a juicio a las ciudadanas Erika Marlen Arciniega Gómez y Gabina Gómez Velázquez como terceras interesadas, pues al haberse generado a favor de ellas un registro de candidatura, es evidente que el derecho de audiencia de estas últimas no se cumplió al momento en que se publicitó por la responsable el medio de impugnación”.

Al respecto Hilda Rosa Delgado señaló que “no hay violación a su garantía de acceso a la justicia de audiencia, porque precisamente para eso es la publicidad que se da a los medios de impugnación para que los terceros interesados en esta categoría comparezcan, se cumplió con ese alegato y no comparecieron las que fueron registradas”.

En otro asunto, durante la trigésima segunda sesión del tribunal, se emitió sentencia del procedimiento electoral sancionador con número de expediente TEE/PES/005/2018 interpuesto por Isaías Rojas Ramírez, representante propietario del Partido del Trabajo ante el IEPC, en contra de Marco Antonio García Morales candidato a presidente municipal de Tlapa de Comonfort postulado por el partido MORENA.

En su queja Isaías Rojas denuncia supuestos actos anticipados de campaña de Marco Antonio García Morales, “manifestando que el denunciado ha realizado una serie de visitas a diversas comunidades y colonias del municipio de Tlapa de Comonfort, haciendo llamados para que voten por él, aun cuando todavía no empiezan las campañas”, presentando como pruebas técnicas 4 fotografías en las que el denunciado se encuentra dialogando con un grupo de personas.

Sobre este asunto el TEEGRO declaró inexistentes las violaciones denunciadas en contra del Marco Antonio García Morales, candidato a presidente municipal de MORENA en el municipio de Tlapa de Comonfort.

En la misma sesión se aprobó el acuerdo plenario sobre el expediente TEE/RAP/015/2018, interpuesto por Sabas Celestino Montes en contra de Consejo General del IEPC, sobre este asunto el TEEGRO resolvió reencauzar la demanda del recurso de apelación para que sea sustanciada como juicio electoral ciudadano, por ser este el medio de impugnación idóneo para resolver la inconformidad planteada.

 

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